RETENCIÓN IRPF AUTÓNOMO

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Descripción

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Calcula la retención IRPF de cada factura con los tipos vigentes 2026

Tipos 7%, 15% y 19% con referencia legal exacta, 20 facturas de ejemplo y líquido a cobrar calculado automáticamente en cada fila.

3
Tipos IRPF con base legal
20
Facturas de ejemplo
4
KPIs automáticos

¿Para quién es esta plantilla?
  • ✔ Nuevos autónomos que aplican el 7% de retención en sus primeras facturas
  • ✔ Autónomos consolidados que aplican el tipo general del 15% a empresas y otros autónomos
  • ✔ Autónomos que alquilan locales y necesitan aplicar el 19% de retención por arrendamiento
  • ✔ Freelances que mezclan distintos tipos de retención según el cliente o el concepto
  • ✔ Cualquier autónomo que quiera saber exactamente cuánto líquido cobrará de cada factura

Qué es la retención de IRPF en una factura de autónomo y por qué importa calcularlo bien

La retención de IRPF es un anticipo del impuesto sobre la renta que el cliente retiene al autónomo en el momento de pagar la factura e ingresa directamente a Hacienda en su nombre. Para el autónomo, esto significa que no cobra el importe total de la factura sino el líquido resultante de restar la retención al importe con IVA. A cambio, cuando llega la declaración de la Renta anual, esas retenciones ya pagadas se descuentan de la cuota a ingresar, lo que puede generar una devolución o reducir significativamente el pago final.

Calcular mal la retención tiene consecuencias directas en la tesorería del autónomo. Si aplicas un tipo incorrecto, el cliente puede rechazar la factura, lo que retrasa el cobro. Si no sabes cuánto líquido vas a cobrar de cada factura, no puedes planificar correctamente tus gastos del mes. Y si acumulas retenciones sin llevar un registro, perderás la referencia de cuánto te han retenido en total y no podrás anticipar si la declaración de la Renta te va a salir a devolver o a pagar. Esta plantilla resuelve los tres problemas de una vez.

Los tres tipos de retención IRPF vigentes en 2026 y cuándo aplica cada uno

La plantilla incluye una tabla de referencia con los tres tipos de retención vigentes en 2026 y su base legal exacta. El tipo del 7% (Art. 95.1 RIRPF) es el tipo reducido para nuevos autónomos: se aplica durante el año de alta y los dos años naturales siguientes, siempre que no se haya ejercido actividad en los dos años anteriores al alta. El tipo general del 15% (Art. 95.1 RIRPF) es el que aplica la mayoría de autónomos una vez superado el periodo de inicio. El tipo del 19% (Art. 101.5 LIRPF) se aplica específicamente a los arrendamientos de inmuebles urbanos, es decir, cuando el autónomo alquila un local u oficina a una empresa y emite factura por ese concepto.

Un aspecto que muchos nuevos autónomos pasan por alto es el cambio de tipo al cumplir los tres años. Al finalizar el periodo de reducción, la retención pasa automáticamente del 7% al 15% sin que Hacienda notifique nada. La plantilla incluye una nota recordatoria sobre este cambio para que no te pille por sorpresa. Además, la columna F de tipo de retención es editable fila a fila, lo que permite mezclar distintos tipos dentro del mismo registro mensual sin ningún problema: una factura al 7%, otra al 15% y otra al 19% conviven perfectamente en la misma hoja.

Cómo se calcula el líquido a cobrar en una factura con retención

El cálculo del líquido a cobrar de una factura con retención sigue siempre la misma lógica: base imponible más IVA menos retención de IRPF. Por ejemplo, en una factura con base de 1.000 € al tipo general del 15%: el IVA del 21% añade 210 €, la retención del 15% sobre la base son 150 €, y el líquido a cobrar resulta de 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €. La plantilla calcula estos cuatro valores de forma automática en cada fila: solo tienes que introducir la base imponible y el tipo de retención, y el resto se calcula solo. Los 4 KPIs de cabecera acumulan los totales del periodo: facturas emitidas, base imponible total, retención IRPF acumulada y líquido a cobrar neto.

Fórmulas incluidas en la plantilla

IVA 21% por factura
=C2*21%
Calcula el IVA del 21% sobre la base imponible de cada factura. Si necesitas aplicar un tipo reducido (10% o 4%), simplemente cambia el porcentaje en la fórmula de la fila correspondiente sin afectar al resto.
Retención IRPF por factura
=C2*F2
Multiplica la base imponible por el tipo de retención indicado en la columna F. Si cambias el porcentaje de F2 (de 15% a 7%, por ejemplo), la retención y el líquido a cobrar de esa fila se recalculan al instante.
Líquido a cobrar por factura
=C2+D2-E2
Suma la base imponible más el IVA y resta la retención de IRPF para obtener el importe real que el cliente pagará. Es el dato más importante para planificar la tesorería del mes, ya que refleja el dinero que efectivamente entrará en cuenta.
⭐ Fórmula bonus — Retención acumulada por tipo
=SUMAR.SI(F:F,15%,E:E)
Suma todas las retenciones de las facturas que aplican un tipo concreto (en este caso el 15%). Repite la fórmula cambiando el tipo para obtener el acumulado del 7% y del 19% por separado, útil para preparar el resumen del Modelo 190 al final del año.

Cómo usar esta plantilla en 4 pasos

1
Descarga y revisa la tabla de tipos — Abre el archivo y consulta la tabla de referencia de tipos vigentes 2026 con su base legal. Identifica qué tipo te corresponde según tu situación: 7% si llevas menos de 3 años de alta, 15% si ya superaste ese periodo, o 19% si facturas arrendamientos.
2
Introduce tus facturas — Sustituye los 20 ejemplos por tus facturas reales: número, fecha, cliente, concepto y base imponible. Las columnas de IVA, retención y líquido a cobrar se calculan automáticamente.
3
Ajusta el tipo en la columna F — Para cada factura, indica el porcentaje de retención en la columna F: 7%, 15% o 19%. El color de la fila cambia automáticamente según el tipo y todos los cálculos se actualizan al instante.
4
Consulta los KPIs y el acumulado — Los 4 KPIs te dan el resumen del periodo: facturas emitidas, base total, retención acumulada y líquido neto a cobrar. Usa el acumulado de retenciones para anticipar el resultado de tu declaración de la Renta.

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Retención IRPF autónomo 2026 — cómo calcularla en Excel
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Preguntas frecuentes

¿Tengo que aplicar siempre retención de IRPF en mis facturas?
No siempre. La retención de IRPF solo se aplica cuando el cliente es una empresa o un autónomo que actúa en el ejercicio de su actividad económica. Si el cliente es un particular, no existe obligación de aplicar retención y el importe a cobrar es simplemente la base más el IVA. Tampoco aplica en determinadas actividades sujetas al régimen de módulos o en facturas a clientes extranjeros no establecidos en España.
¿Cuándo deja de aplicarse el 7% y pasa al 15%?
El tipo reducido del 7% se aplica durante el año natural en que te das de alta como autónomo y los dos años naturales siguientes, siempre que no hayas ejercido actividad profesional en los dos años anteriores. Al inicio del cuarto año, la retención pasa automáticamente al tipo general del 15%. Hacienda no avisa de este cambio, por lo que es responsabilidad del autónomo actualizar el tipo en sus facturas en el momento que corresponda.
¿La retención del 19% por arrendamiento es diferente a la de actividad profesional?
Sí. La retención del 19% (Art. 101.5 LIRPF) se aplica exclusivamente sobre los rendimientos del capital inmobiliario, es decir, cuando un autónomo o empresa alquila un local, oficina o nave a otra empresa o autónomo. Es un tipo distinto al de actividad profesional y tiene su propio modelo fiscal de referencia. No debe confundirse con la retención por servicios profesionales, que es siempre el 7% o el 15% según los años de actividad.

Más dudas frecuentes

¿Cómo afecta la retención acumulada a mi declaración de la Renta?
Las retenciones que te han practicado tus clientes durante el año se descuentan de la cuota íntegra de tu IRPF en la declaración anual. Si la suma de retenciones supera la cuota que te correspondería pagar, Hacienda te devuelve la diferencia. Por eso es importante llevar un registro acumulado de retenciones durante el año: te permite anticipar si la Renta te va a salir a devolver o a pagar y planificar tu tesorería en consecuencia.
¿Funciona con Google Sheets además de con Excel?
Sí, el archivo .xlsx es totalmente compatible con Google Sheets. Todas las fórmulas utilizadas (multiplicaciones, SUMA, SUMAR.SI) funcionan igual en Sheets. Sube el archivo a tu Google Drive, ábrelo con Hojas de Cálculo de Google y todo funcionará sin ningún ajuste adicional.

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