FISCAL · RETENCIONES
El modelo 111 115 Excel es una hoja que agrupa las retenciones practicadas por una pyme o autónomo español a trabajadores y profesionales (modelo 111) y las retenciones sobre alquileres de locales de negocio (modelo 115). Ambos se presentan trimestralmente a la AEAT y Excel te sirve para preparar y cuadrar el importe antes de enviarlo.
El modelo 111 declara e ingresa las retenciones de IRPF que la empresa (o el autónomo empleador o contratante) practica a sus trabajadores por cuenta ajena, a profesionales que le facturan con retención (típicamente el 15%) y a determinados premios y actividades. Se presenta trimestralmente (o mensualmente si eres gran empresa).
El modelo 115 declara e ingresa las retenciones sobre el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos destinados a actividad económica: el local, el despacho o la oficina que alquilas. La retención estándar es del 19% sobre la base del alquiler (sin IVA).
| Trimestre | Periodo | Plazo (111 y 115) |
|---|---|---|
| 1T | Ene · Feb · Mar | 1 – 20 de abril |
| 2T | Abr · May · Jun | 1 – 20 de julio |
| 3T | Jul · Ago · Sep | 1 – 20 de octubre |
| 4T | Oct · Nov · Dic | 1 – 20 de enero |
Al final del año hay resúmenes anuales obligatorios: el modelo 190 (resumen anual del 111) y el modelo 180 (resumen anual del 115). Se presentan en enero. Excel te da los datos ya sumados por perceptor.
| Perceptor | Tipo de retención | Casilla base |
|---|---|---|
| Trabajador por cuenta ajena | Según tabla AEAT (situación familiar) | Rendimientos del trabajo |
| Profesional (general) | 15% | Rendimientos actividades profesionales |
| Profesional nuevo (2 primeros años) | 7% | Rendimientos actividades profesionales |
| Curso, conferencia o seminario | 15% | Rendimientos actividades profesionales |
| Premios superiores a 300 € | 19% | Premios |
Estructura recomendada: una hoja "Nóminas 111", una hoja "Profesionales 111", una hoja "Alquiler 115" y una hoja "Resumen trimestral" que agrupa por trimestre y da los importes listos para copiar en la AEAT.
Para el 111 profesionales, cada línea contiene: fecha, número de factura, proveedor profesional, NIF, base imponible, tipo de retención (15% o 7%) e importe de retención. Enlázala con tu libro de facturas recibidas para no duplicar datos.
Para el 111 nóminas, la retención de cada trabajador te la da la gestoría; Excel sirve para sumarlas y cuadrar con la nómina mensual. Para el 115 basta con una línea por local alquilado y trimestre: base, 19% y cuota a ingresar.
| Concepto | Base | Retención |
|---|---|---|
| Nóminas (3 empleados) | 18.000 € | 2.700 € (15%) |
| Factura del asesor fiscal | 900 € | 135 € (15%) |
| Total modelo 111 | 18.900 € | 2.835 € |
| Alquiler local (3 meses × 800 €) | 2.400 € | 456 € (19%) |
| Total modelo 115 | 2.400 € | 456 € |
Aunque no hayas retenido nada un trimestre (por ejemplo, no tienes empleados ese periodo o no has recibido facturas de profesionales), si estás obligado al 111 sigues presentándolo con resultado cero para no acumular una sanción.
Los fallos que más vemos: no distinguir entre profesional general (15%) y profesional recién dado de alta (7% los dos primeros años), aplicar el IVA sobre la base con la retención restada (la retención se calcula sobre la base sin IVA, y la factura lleva el IVA íntegro), olvidarse del 115 al pagar el alquiler, y no cuadrar las sumas trimestrales con el libro de proveedores antes de presentar.
Descargar la Plantilla de Retención IRPF AutónomosSí, si tienes empleados con contrato, si pagas facturas a profesionales con retención (asesor, abogado, informático freelance con retención), o si has repartido premios sujetos a retención. Basta con retener a un solo perceptor para estar obligado.
Los profesionales dados de alta como autónomos por primera vez pueden aplicar el 7% de retención durante el año de alta y los dos siguientes. A partir del cuarto año, la retención es del 15% estándar.
No. El modelo 115 solo se presenta por alquileres de locales de negocio (uso distinto al de vivienda) sujetos a retención. El alquiler de vivienda para uso residencial no lleva retención y no se declara con el 115.
Si presentas fuera de plazo sin requerimiento previo, la AEAT aplica recargo (entre 1% y 15% según el retraso). Si te reclaman antes de presentar, además del recargo hay sanción. Excel con calendario fiscal evita el olvido.
El 111 es la autoliquidación trimestral: pagas lo retenido cada 3 meses. El 190 es el resumen anual que presentas en enero y detalla, perceptor a perceptor, todas las retenciones del año. Ambos son obligatorios cuando aplican.
Cuando presentas cada trimestre las retenciones de nóminas, profesionales y alquiler a mano, ese trabajo repetitivo es de los primeros candidatos a automatizar dentro del cumplimiento fiscal.
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